Title IX Grievance Policy - Spanish

  • ¿Qué es el acoso?
    El acoso es conducta agresiva no solicitada entre niños de edad escolar que involucra un desequilibrio real o percibido del poder. La conducta se considera ser acoso si perturba material y substancialmente el entorno educativo y/o viola los derechos de otro(s) estudiante(s) en la escuela. 

    ¿Qué es el acoso sexual de parte de otro estudiante?
    El acoso sexual de un estudiante por otro estudiante incluye conducta desagradable y no deseada de naturaleza sexual, ya sea por palabra, gesto, o cualquier otra conducta sexual, incluyendo solicitudes de favores sexuales. 

    ¿Qué es la discriminación sexual contra estudiantes?
    Es la discriminación contra un individuo con base de su género, identidad de género, y/u orientación sexual.

    ¿Qué es el abuso sexual de parte de otro estudiante?
    Abuso sexual se define como “actos sexuales ilegales hechos contra un menor…” Puede incluir, sin limitaciones, tocamientos, as alto sexual, o relaciones sexuales. Abuso sexual es un tipo de abuso a menores que debe reportarse a las autoridades policiales apropiadas. 

    ¿Se me informará si mi hijo ha sido acosado, acosado sexualmente o abusado sexualmente en la escuela?
    El Distrito notificará a los padres de todos los estudiantes involucrados en acoso/hostigamiento por estudiantes. Aviso puede ser por teléfono o conferencia personal.

    ¿Qué hará el Distrito al saber del acoso, acoso sexual o abuso sexual de un estudiante? 
    Cuando un director u otro administrador escolar recibe un informe que un estudiante ha sido acosado, acosado o abusado sexualmente, él o ella iniciará una investigación y tomará acción rápida para intervenir. 

    ¿Qué debo hacer si me preocupa que mi hijo ha sufrido acoso, acoso sexual o abuso sexual en la escuela?
    Un estudiante o padre que tiene una queja alegando de acoso, acoso/abuso sexual por otro(s) estudiante(s) puede solicitar una conferencia con el director, persona designada por el director, o el coordinador Título IX del Distrito. La conferencia se programará y llevará a cabo cuanto antes, pero dentro de siete días del calendario. El director o coordinador Título IX coordinará una investigación. Quejas orales también deben ser documentadas por escrito para asistir en la investigación del Distrito.  

    También se puede presentar una queja por separado con la Oficina de Derechos Civiles:  Director Regional de la Oficina de Derechos Civiles, Región VI

    1999 Bryan Street, Suite 1620, Dallas, TX  75201

    Teléfono: (214) 661-9600 Fax: (214) 661-9587 TDD: (800)877-8339

    Email:  OCR.Dallas@ed.gov

    ¿Quién es el coordinador Título IX y cómo me pongo en contacto con esa persona?

    La coordinadora Título IX del Distrito es:  Nombre: Letycia Fowler

    Puesto:                            Director of Student Support Services

    Dirección:                       2602 S. Belt Line Road, Grand Prairie, 75052-5344 Teléfono:  972-237-5468

    La Coordinadora de Título IX es una empleada del Distrito que tiene la responsabilidad de asegurar que el Distrito cumpla con los requisitos del Título IX en cuanto a interacciones entre pares. La coordinadora investigará o supervisará la investigación de una denuncia alegando violaciones del Título IX. Si un incidente de acoso sexual/abuso tiene que ver con un adulto, favor de comunicarse con el director del campus o el Departamento de Recursos Humanos de GPISD.

    El Distrito ha adoptado procedimientos de quejas para manejar las quejas del Título IX, que pueden obtenerse del director del campus o de la coordinadora del Título IX. El estudiante puede ser acompañado por el padre u otro asesor durante todo el proceso de queja.

    ¿Será mi queja confidencial?
    En la mayor medida posible, las quejas serán tratadas de manera confidencial. La divulgación limitada puede ser necesaria para completar una investigación exhaustiva. 

    ¿Qué si no estoy satisfecho con la resolución del Distrito/campus de mi queja?

    Política sobre Quejas:

    1er paso: Si el padre de familia no está satisfecho con la resolución de la queja que el subdirector del campus proporciona, debe pedir una reunión para hablar con el director del campus.

    2do paso: Si el padre no está satisfecho con la respuesta inicial del campus a la denuncia, él o ella tiene siete días del calendario para solicitar una conferencia con la coordinadora de Título IX o el superintendente de área o su designado, quien programará y llevará a cabo una conferencia. Antes o durante la conferencia, el padre debe entregar una queja por escrito que contiene: una declaración de la queja; cualquier evidencia para apoyar la queja; la resolución solicitada; la firma del estudiante y/o del padre y la fecha de la conferencia con el director del campus.

    3er paso: Si el padre sigue considerando la resolución no satisfactoria, él o ella puede solicitar que la denuncia sea presentada a la Mesa Directiva en su próxima reunión, de acuerdo con la política BE (LOCAL). La Mesa Directiva escuchará la denuncia en una reunión privada, a menos que lo exija de lo contrario la ley de Reuniones Abiertas de Texas. Al concluir la audiencia, la Mesa Directiva decidirá qué medidas considera apropiadas.

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